La iniciativa del Senado Universitario reduce la discrecionalidad en la entrega de las asignaciones, el principal componente de las remuneraciones al interior de la Universidad de Chile. Al ciclo de charlas informativas sobre el proyecto realizadas en los Campus, le sigue el envío de indicaciones por parte de la comunidad universitaria y luego el reestudio del articulado por parte del órgano normativo. Dependiendo de la celeridad de la tramitación, el plazo más breve estimado para la aplicación de la normativa es el año 2016.
Los antecedentes que originan el proyecto
Ante la inexistencia de una normativa sistemática y coherente en este ámbito, y en conocimiento de una serie de antecedentes surgidos desde el año 2012, el Senado Universitario aprobó por unanimidad, en mayo de 2014, la idea de legislar sobre las remuneraciones al interior del plantel.
La aplicación de la Ley de Transparencia dio el impulso inicial a un debate que genera gran interés entre quienes trabajan al interior de la institución. En enero de 2012 fueron publicadas las remuneraciones del personal de la U. de Chile, es decir, de todos sus académicos y funcionarios. Los datos revelaron diferencias injustificadas entre quienes desempeñan funciones similares, tanto al interior de las unidades académicas, como entre unidades distintas.
Ante las dudas e inquietudes que comenzaron a surgir de la comunidad, el tema fue instalad por el Senado en las discusiones del Presupuesto Universitario del año 2012 y 2013, por lo cual el año 2013 se creó la Comisión Tripartita de Remuneraciones, conformada por representantes de Rectoría, el Consejo y el Senado Universitario.
En dichas instancias el Senado planteó un diagnóstico que constató la existencia de desigualdades no justificadas en las rentas, estableció que el componente de éstas con mayor variabilidad es la Asignación Universitaria Complementaria (AUC) (que va de 0 a $7.358.666 mensuales, sin importar el grado o jornada) y evidenció diferencias de género. Debido al cambio de autoridades, la Comisión Tripartita de Remuneraciones suspendió su trabajo, sin embargo se alcanzó a realizar un valioso levantamiento de información
que no fue publicado.
Por su parte, el Consejo de Evaluación evacuó un completo informe sobre la materia, coincidente con aquellas conclusiones, su Estudio N° 17 “Análisis de Remuneraciones por Género de la Universidad de Chile”.
Al interior del Senado, en tanto, y con el fin de profundizar el análisis, la Comisión de Presupuesto y Gestión del Senado revisó información institucional, la normativa de otras universidades y entrevistó a autoridades y representantes gremiales, logrando constatar la existencia de un amplio margen de discrecionalidad de las rentas.
Luego de ello, la Comisión de Presupuesto y Gestión presentó en junio de 2014 un Proyecto de Reglamento de Remuneraciones del Personal cuyos principios rectores fueron los de alcanzar mayor claridad y objetividad al momento de determinar las remuneraciones. Para ello se reemplazó la AUC, de carácter altamente discrecional, por una serie de asignaciones, como la asignación por jerarquía académica, que vela por una mayor equidad en las rentas para que quienes estén en una misma jerarquía, la asignación que premia la exclusividad académica, la que reconoce el esfuerzo o desempeño colectivo, por ejemplo.
En qué ha consistido la tramitación normativa
El proyecto de Reglamento de Remuneraciones, en etapa preliminar de tramitación, luego de su presentación en junio pasado recibió una serie de indicaciones de la comunidad universitaria. Por su parte, los nuevos integrantes del Senado electos en el mes de julio, determinaron extender el plazo para la recepción de indicaciones hasta el 14 de enero de 2015, las que deben presentarse por escrito por los miembros de la comunidad, en forma individual o colectiva.
Durante este período, el Senado ha realizado Charlas Informativas en los diferentes Campus de la Universidad de Chile, con el fin de despejar dudas y entregar mayores antecedentes.
Asimismo, el Senado envió todos los antecedentes de la Propuesta de Reglamento a cada Decano y Director de Instituto para que, junto a sus respectivos Consejos o con el conjunto de sus comunidades, puedan analizar la documentación y proponer indicaciones.
Finalizada la recepción de indicaciones, a la Comisión de Presupuesto y Gestión del Senado Universitario le corresponde realizar un minucioso trabajo de análisis de todo lo sugerido, efectuando estudios o simulaciones si así lo determina, para luego elaborar una nueva redacción del Proyecto.
Sólo una vez que se haya reformulado el Proyecto por la Comisión, procederá que la plenaria del Senado Universitario vote en particular los artículos e incisos correspondientes. Culminada esta etapa, el nuevo reglamento deberá ser oficializado
mediante decreto por el Rector.
Reapertura de la Comisión Tripartita de Remuneraciones
A solicitud del Senado Universitario, el Rector Ennio Vivaldi decidió en el mes de diciembre la reactivación de la Comisión Tripartita de Remuneraciones, cuyos resultados pueden ser de gran utilidad para la labor del órgano normativo, como para la implementación futura de la normativa por parte del Ejecutivo.
La instancia está encabezada por el Rector y participan también en ella el Vicerrector Económico y de Gestión Institucional, Prof. Enrique Manzur; el Director de Finanzas, Prof. Carlos Castro; los Decanos Patricio Aceituno, Manuel Kukuljan y Santiago Urcelay; y los Senadores Universitarios Willy Kracht, Irma Palma y Abraham Pizarro.
¿En qué consiste el Proyecto de Reglamento de Remuneraciones?
- Reconoce los elementos básicos que componen las remuneraciones, es decir, sueldo base y diversas asignaciones.
- No establece montos específicos, sino que define criterios o parámetros para que las respectivas autoridades fijen los montos.
- Crea una asignación transitoria compensatoria, para asegurar que a nadie se le disminuya su remuneración.
- Mantiene la Escala de Sueldo Mensual, única para el personal académico y de colaboración, con los mismos 25° actuales.
- Suprime el régimen especial de remuneraciones del personal afecto a la Ley N°15.076, que tiene una escala con montos más bajos, asimilándolos a la escala única y pudiendo acceder a las nuevas asignaciones.
- Reemplaza la asignación complementaria (discrecional) por una serie de nuevas asignaciones (justificadas).
- Clasifica las nuevas asignaciones en: comunes, de académicos, del personal de colaboración y relativas a ciertos cargos o funciones.
a) Asignaciones comunes: 1.- Productividad; 2.-
Desempeño Colectivo; 3.- Interés Institucional.
b) Asignaciones del personal académico: 1.- Jerarquía
Académica; 2.- Exclusividad; 3.- Fomento a la Inserción.
c) Asignaciones del personal de colaboración: 1.- Universitaria;
2.- Profesional; 3.-Antigüedad y Capacitación;
4.- Aseguramiento de Remuneración Mínima.
d) Asignaciones para ciertos cargos o funciones
que se consideran son las siguientes: 1.- Responsabilidad
Superior; 2.- Responsabilidad Directiva;
3.- Labores en horarios no habituales.
¿Qué dicen los Senadores?
Simón Piga, Senador Universitario, estudiante Fac. de Cs. Físicas y Matemáticas
“Hay un eje central en todo el proceso de indicaciones que es el criterio de la equidad en las remuneraciones y yo creo que ese va a ser el principal debate sobre el tema de remuneraciones dentro de la comisión, si es que el mecanismo de remuneraciones dentro de la U tiene que ser o no un mecanismo equitativo o más bien tiene que estar sujeto a las condiciones que nos plantea el mercado”.
Ariel Grez, Senador Universitario, estudiante Facultad de Artes
“Creo que es muy importante que en este tema la participación de los estudiantes vaya creciendo, porque como estudiantes tenemos una visión de cómo tiene que ser la Universidad, que es una visión dinámica que la seguimos construyendo en cada una de las manifestaciones y actividades que realizamos y esa es una visión que apunta cada vez a ser más sistémica y transversal (…) Creemos que es importante que haya una política que no sea sólo el punto de vista de uno o dos de los estamentos de la U, sino que sea transversal en todos los ámbitos”.
Abraham Pizarro, Senador Universitario, funcionario de la Facultad de Economía y Negocios.
“El tema principal es que exista equidad en la Universidad. Que la Universidad se esté preocupando del tema de la transparencia y que se le pague como corresponde a cada uno de los académicos y funcionarios de colaboración, correspondiente a sus propias funciones. Que haya equidad significa igual función igual pago, lo cual actualmente no existe en la Universidad de Chile”.
María Patricia Gómez, Senadora Universitaria, académica Hospital Clínico
“Las realidades de las distintas Facultades son muy diversas, lo que hace especialmente
importante socializar en qué consistirían los cambios que se están proponiendo y escuchar la opinión de todos (…) Luego de recibir todas las indicaciones el trabajo de la Comisión de Presupuesto del Senado lo visualizo difícil, sin duda, pues tengo la sensación de que van a existir muchas indicaciones (…) Espero que el nuevo reglamento, junto con poder cumplir con los objetivos propuestos de mayor justicia,
equidad y transparencia, ayude a incentivar la permanencia, el mejoramiento continuo
y la jornada completa, cuidando al mismo tiempo de no desfavorecer a nadie, para ayudar
al desarrollo integral de todas las unidades de la Universidad de Chile”.
Juan Carlos Letelier, Vicepresidente del Senado Universitario, académico de la Facultad de Ciencias.
“Es muy necesario entender el tamaño de la U. de Chile y los montos con los cuales estamos confrontados. La U tiene aproximadamente 3.000 académicos y 8.000 funcionarios, además de muchas personas que están a honorarios. Su presupuesto total es de 1.100 millones de dólares al año. En ese sentido es una institución que tiene un peso económico muy relevante en el país y es importante, por lo tanto, usar los recursos que nos da el Estado y que autogeneramos, que son muchos, de la manera más eficientemente posible y más justa”.
Irma Palma, Senadora Universitaria, académica de la Facultad de Cs. Sociales
“Debemos producir igualdad entre los ingresos de mujeres y hombres. En el caso del estamento académico se debe no solo resolver el hecho simple que por un mismo trabajo se pague lo mismo a hombres y mujeres, sino que también la diferencia debida a asuntos de género que afectan su carrera laboral. Si la AUC depende estrictamente del criterio de una autoridad, está sujeta en parte al sexismo de dicha autoridad. El pre y postnatal retrasa al menos 7.5 meses cada vez que tienen un(a) hijo(a), su productividad
académica, y con ello tienen menor chance para avanzar en la jerarquización y recibir los sueldos más elevados de las altas jerarquías, y reduce la posibilidad de acceder al incentivo por docencia durante ese año. Si las mujeres no han sido históricamente incorporadas en cargos de alta dirección, tienen menos oportunidades para acceder a sueldos elevados (…)Transformar la desigualdad económica requiere operar en un
conjunto más amplio de condiciones, y cuyo tratamiento se vincula de forma muy crucial con la organización de lo académico y con la forma de gobierno universitario”.