Campus serán normados por nuevo Reglamento

El cuerpo legal emanado de este órgano colegiado regulará el funcionamiento de los Campus, que hasta hoy carecían de un marco regulatorio para su labor. El cuerpo legal contempla la formación de Consejos con representación triestamental.

El nuevo Reglamento de Campus regirá exclusivamente en aquellos espacios y respecto de las unidades que, en lo sucesivo, se constituyan como campus de acuerdo al procedimiento y requisitos establecidos (Art. 4° y 5° de la normativa.

Junto con definir un Campus como el espacio delimitado destinado al quehacer universitario, distingue entre espacios de uso común y de uso de las unidades y establece como su objetivo compartir y optimizar los recursos académicos, técnicos y administrativos de las unidades, en procura del mejor cumplimiento de la misión institucional y en el marco de los lineamientos estratégicos de desarrollo emanados del Senado Universitario.

Además, precisa los mecanismos de creación, modificación o supresión de un Campus y establece su forma de organización a través de un Consejo de Campus con representación triestamental, que estará encargado de aprobar toda iniciativa que promueva o facilite la integración académica entre las unidades situadas dentro del espacio territorial, podrá proponer la creación, modificación o supresión de unidades administrativas, técnicas o de servicios dependientes, en su caso, de la Unidad Administrativa de Campus, además de aprobar el plan de desarrollo urbanístico del recinto. Será el encargado, en general, de velar por el buen funcionamiento y administración del Campus, entre otras funciones.

¿Por qué surge la necesidad de generar un reglamento de Campus?

“La U tiene en su estatuto una sugerencia de que las facultades se agrupen en Campus. Hoy por hoy el conocimiento exige transversalidad e interdisciplinariedad y eso se logra cuando existe una cercanía física entre los que cultivan ese conocimiento. Por otra parte,
la U. de Chile está desplegada por todo Santiago en facultades que están aisladas unas
de otras y al haber unidades académicas integradas hay una cantidad de cosas que se
pueden solucionar en forma conjunta, lo que aminora los gastos. Por último, hay una iniciativa de Campus muy concreta y estructurada que es la del Campus Juan Gómez Millas y que requiere un reglamento para funcionar”. Senador Rolando Cori, Presidente de la Comisión de Estructuras y Unidades Académicas al aprobarse la normativa.

Composición del Consejo de Campus:

– Decanos y directores de las facultades e institutos involucrados.
– 1 representante académico por cada una de las facultades e institutos.
– 1 un directivo o académico designado por el Rector en el caso de existir en el campus
unidades de organismos centrales.
– 1 o más representantes de los estudiantes elegidos por sus pares del Campus según la
proporción establecida (un tercio de total de Consejeros académicos)
– 1 o más representantes del personal de colaboración elegidos por sus pares del
Campus, en los mismos términos. (Detalles en artículo 10° del Reglamento de Campus).

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